Decreto Nº 4950-2021

Prorrógase el incremento del cupo de guardias establecido en el Decreto Nº 4943-2018.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3503 del 28-01-22.-

Dictado el 30-12-21.-

Operador del Digesto: M.L.E..-

 

 

 

VISTO:

 

            El Expediente Nº 3568/20, caratulado: "MINISTERIO DE SALUD S/INCREMENTO DE GUARDIAS PARA REFORZAR ETAPA DE CONTENCIÓN DE EPIDEMIA"; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que ante el estado epidemiológico actual el Poder Ejecutivo mediante el Decreto Nº 521/20 declaró el estado de Alerta Máxima Sanitaria, en consonancia con lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional Nº 260/20 (DNU-EMERGENCIA CORONAVIRUS -COVID-19);

 

          Que en aras de disponer de todos los recursos para hacer frente a las acciones necesarias para difundir los patrones de comportamientos deseables en la pandemia, atender a la comunidad y tratar de dar suficiente cobertura en la emergencia, se emprendieron en el ámbito de la provincia distintas acciones preventivas y de preparación de respuesta ante eventos emergentes, entre las que se cuenta la ampliación de la infraestructura hospitalaria;

 

          Que en ese sentido debió preverse mayor atención profesional y no profesional para cubrir los nuevos servicios e instalaciones habilitadas, requerido para el mes de Diciembre del presente año, detallando el recurso humano requerido para cada servicio según especialidad y tipo de guardia;

 

          Que el detalle ha considerado la cobertura previsible para el Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas, el Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno, la Zona Sanitaria I, el Centro Sanitario, la Dirección General de Asistencia Social y Comunitaria, y la Subsecretaría de Adicciones;

 

          Que se ha informado las necesidades para la vigilancia epidemiológica, salud mental, asistencia a personas en hoteles, personal específicamente afectado al área del centro emergente, en administración, clínica médica, enfermería, consultorios, laboratorio, radiología, terapia intensiva, hospitales modulares; unidad de cuidados intensivos ambulatorio, diagnostico por imágenes, Unidad de Terapia intensiva, Unidad Sanitaria de Pacientes;

 

          Que por Decreto Nº 1053/20  se modificó excepcionalmente el cupo de guardias y tope del importe de la valoración total mensual dispuesta por Decreto Nº 4943/18, prorrogado por Decretos Nº 2128/19; Nº 3477/19Nº761/19, modificados por Decretos Nº 636/20 y Nº 642/20 conforme a los nuevos requerimientos sanitarios por las cuestiones epidemiológicas vigentes;

 

          Que por motivos de servicio, por Decreto Nº 4328/20, se extendió desde el 1º de Enero hasta el 30 de Junio de 2021, prorrogado por Decreto Nº 2410/21 desde el 1º de Julio y hasta el 31 de Diciembre de 2021, el incremento del cupo básico de guardias establecido en el artículo 1º del citado Decreto Decreto Nº 4943/18, cuya prórroga ha sido establecida por los mencionados Decretos Nº 2128/19; Nº 3477/19Nº761/19, con las modificaciones impuestas por los Decretos Nº 636/20; Nº 642/20 y Nº1738/20;

 

          Que además, como la emergencia epidemiológica continua vigente es necesario prorrogar, durante el mes de diciembre, la medida excepcional dispuesta por los Decretos Nº 1053/20, Nº 4328/20 y Nº 4950/21, readecuando los cupos de guardias y topes de importes de la valoración total mensual, conforme los resultados de la distribución efectuada en el mes de diciembre de 2021;

 

          Que el artículo 44 de la Ley Nº 1279 de Carrera Sanitaria faculta al Poder Ejecutivo a determinar el cupo total de guardias destinadas a los empleados que prestan dicho servicio;

 

          Que el Decreto Nº 1503/17 creó la Dirección del Gasto Público, y estableció entre sus funciones realizar evaluaciones de impacto del gasto público;

 

          Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuando ante el Ministerio de Salud;

 

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

 

Artículo 1º.-Prorrógase a partir del  1  de  Enero  y  hasta  el  30  de  Junio  de  2022,  el incremento de cupo de guardias establecido en el Artículo 1° del Decreto N° 4943/18.

 

Artículo  2º.-Increméntase  el  cupo  de  guardias  activas  y pasivas,  profesionales  y  no  profesionales  para  el  mes  de Diciembre,    graduadas    en    setecientas sesenta (760)    las    guardias    activas profesionales, mil ciento veinticinco (1125)  las  guardias  activas  no  profesionales, dos mil doscientos ochenta y uno (2281)   las   guardias   pasivas   profesionales   y dos mil doscientos noventa y tres (2293)   las guardias  pasivas  no  profesionales,  conforme  el  detalle obrante en anexo que forman parte integrante del presente.

 

Artículo  3º.-Fijase  la  valoración  total  de  las  guardias  en  el monto  de  PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CERO CENTAVOS ($138.951.988,00.-)  para  el  mes  de  Diciembre  de 2021.

 

Artículo 4º.-El incremento en las guardias y el importe fijado en los artículos anteriores se mantendrá vigente por el mes de Diciembre de 2021.

 

Artículo 5º.-Facilitase  a  la  Dirección  del  Gasto  Público, conforme   lo   dispuesto   por  el Decreto     1503/17,  a actualizar  el  cupo  y la  valoración  total  de  guardias  en  el Sistema   Informático   de   Guardias,   a   los   efectos   del cumplimiento y control del presente decreto.

 

Articulo 6º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 7º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Salud a sus efectos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO

 

REFUERZO DE GUARDIAS POR EMERGENCIA SANITARIA DICIEMBRE 2021)

INSTITUCIÓN

SERVICIO

GAP

GANP

GPP

GPNP

TOTAL

 

 

HOSP. GDOR CENTENO

(GENERAL PICO)

 

 

 

 

 

 

BUSQUEDA ACTIVA

6

25

0

16

$ 479.755,50

ENFERMERÍA

0

7

0

0

$ 80.076,75

 HOSPITAL MODULAR

18

20

36

3

$ 738.002,75

HOTEL (SEGUIMIENTO)

5

2

12

0

$ 179.657,50

 IMAGENES

0

24

0

0

$ 252.549,75

MONITOREOS

4

15

73

0

$ 696.270,50

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. DR. LUCIO MOLAS (SANTA ROSA)

COVID

13

20

86

100

$ 1.352.195,50

ADMINISTRACIÓN

0

22

0

24

$ 328.902,75

BACTERIOLOGÍA

26

19

0

0

$ 618.047,75

CLÍNICA MÉDICA

28

0

89

0

$ 969.318,00

CLÍNICA MÉDICA - ENFERMERÍA

18

70

70

66

$ 1.200.197,75

CLÍNICA MÉDICA- MODULARES

6

0

0

0

$ 125.328,00

CONSULTORIOS EV SEC-

25

18

69

0

$ 997.147,75

CONTROL DE PROTOCOLO

0

0

0

12

$ 50.496,00

ENFERMERÍA- AYUDANTES

0

21

0

 

$ 219.697,75

ESTERILIZACIÓN

0

6

6

0

$ 121.408,50

FARMACIA

0

14

6

0

$ 199.432,00

HEMOTERAPIA CEAR

31

13

39

36

$ 1.030.921,75

GUARDIA- CONS. EXT ENFERMERIA

27

26

39

35

$ 1.091.187,50

 KINESIOLOGÍA

27

0

52

0

$ 734.520,00

KINESIOLOGÍA - (GUARDIA)

15

0

49

0

$ 564.750,00

KINESIOLOGÍA - UTI 1

17

14

44

26

$ 871.416,50

KINESIOLOGÍA - UTI 2

16

0

46

0

$ 574.020,00

KINESIOLOGÍA - UTI 3

21

13

10

0

$ 574.061,25

LABORATORIO

27

22

4

0

$ 699.342,25

LABORATORIO (ADMINISTRACIÓN)

0

18

0

0

$ 203.271,75

LABORATORIO- GUARDIA UTI

0

20

8

0

$ 268.647,00

MANTENIMIENTO

0

3

0

60

$ 287.385,25

MODULARES

24

0

80

0

$ 847.928,00

MODULARES (ENFERMERÍA)

13

28

0

0

$ 543.340,00

MODULARES (LABORATORIO)

0

30

0

0

$ 312.094,00

RAYOS  (TÉCNICOS)

0

8

0

42

$ 291.718,00

TEPARIA INTENSIVA

38

12

282

0

$ 2.387.232,00

TEPARIA INTENSIVA (ENFERMEROS)

0

0

30

16

$ 243.188,00

TOMOGRAFÍA

0

17

0

0

$ 211.484,75

TRASLADO URBANO

0

18

0

60

$ 466.018,00

U.C.I.A.- ENFERMERO

36

31

2

0

$ 929.022,75

VACUNACIÓN

34

31

38

0

$ 1.113.198,75

HOSP. EVITA

CARGAS

0

0

0

35

$ 147.280,00

HISOPADOS

12

8

12

10

$ 437.764,00

IVERMECTINA

0

0

2

0

$11.724,00

LABORATORIO

28

0

0

0

$ 525.184,00

SEGUIMIENTO CONTACTOS ESTRECHOS

7

0

80

70

$ 870.944,00

SEGUIMIENTO PACIENTES (DOMICILIO)

0

0

6

22

$ 127.748,00

SEGUIMIENTO PACIENTES POSITIVOS

7

0

30

60

$ 535.764,00

TOMOGRAFÍA

0

0

0

15

$ 63.120,00

 VACUNACIÓN

34

31

12

18

$ 1.037.653,25

 

 

 

 

 

 

 

CENTRO SANITARIO

AREA PROGRAMÁTICA

0

0

43

78

$ 580.290,00

HISOPADOS

5

11

8

0

$ 196.919,00

HOTEL (SEGUIMIENTO)

17

29

10

12

$ 691.823,25  

IVERMECTINA

1

0

0

0

$ 11.936,00

LABORATORIO

0

4

38

20

$ 347.981,00

LLAMADOS Y CARGA

0

98

0

89

$ 1.179.386,00  

PACIENTES DOMICILIO

3

0

17

0

$ 135.462,00 

VACUNACIÓN

10

18

16

0

$ 442.896,25

HOSP. GRAL ACHA

COVID - UTI

66

35

264

122

$ 3.312.231,00

SUB.S.M. Y ADICCIONES

COVID

0

0

32

29

$ 309.616,00

 

DIREC GRAL. A.S. Y COMUNITARIA

ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA

14

135

45

69

$ 2.556.978,25

DIREC. DE EPIDEMIOLOGÍA

VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA CV19

0

0

281

156

$ 2.303.670,00

DIREC. DE APS

COVID SEM -CODES

14

30

28

32

$ 843.282,50

DEPARTAMENTO ENFERMERÍA

VACUNACIÓN

0

11

8

15

$ 208.572,00

HOSP. BERNASCONI

VACUNACIÓN

0

0

0

10

$ 42.080,00

HOSP. EDO. CASTEX

BUSQUEDA ACTIVA - VACUNACIÓN

0

0

8

17

$ 118.432,00

HOSP. GRAL. SAN MARTIN

BUSQUEDA ACTIVA - VACUNACIÓN

0

0

14

34

$ 225.140,00

HOSP. ING. LUIGGI

VACUNACIÓN

0

0

10

14

$ 117.532,00

HOSP. INT. ALVEAR

BUSQUEDA ACTIVA -VACUNACIÓN

0

0

28

25

$ 269.336,00

HOSP. JTO ARAUZ

BUSQUEDA ACTIVA - VACUNACIÓN

0

0

10

30

$ 184.860,00

HOSP. PARERA

VACUNACIÓN

0

0

0

5

$ 21.040,00

HOSP. RANCUL

VACUNACIÓN

0

0

6

17

$ 106.708,00

HOSP. REALICO

BUSQUEDA ACTIVA - VACUNACIÓN

0

21

26

52

$ 543.701,00

HOSP. TELEN

VACUNACIÓN

0

0

2

2

$ 20.140,00

HOSP. TRENEL

BUSQUEDA ACTIVA - VACUNACION

0

0

0

20

$ 84.160,00

HOSP. TOAY

BUSQUEDA ACTIVA - VACUNACIÓN

33

55

22

66

$ 1.594.500,00

HOSP. VICTORICA

VACUNACIÓN

0

0

24

104

$ 578.320,00

ZONA SANITARIA I

SERVICIOS INFORMATICOS

0

0

0

62

$ 260.896,00

ZONA SANITARIA I

COVID

23

8

5

198

$ 1.328.054,00

ZONA SANITARIA II

VACUNACIÓN

0

22

0

175

$ 1.003.322,50

ZONA SANITARIA III

VACUNACIÓN

0

0

4

40

$ 191.768,00

ZONA SANITARIA IV

VACUNACIÓN

0

0

10

19

$ 138.572,00

ZONA SANITARIA V

VACUNACIÓN

6

22

10

55

$ 571.107,50

 

TOTALES

760

1125

2281

2293

$ 47.131.135,00

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.